Quemar banderas/Imagenes del Rey/Presidente

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Gray Fox
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Quemar banderas/Imagenes del Rey/Presidente

Mensaje por Gray Fox » 07 Jul 2018 02:34

Artículo 490.2 Con la pena de prisión de tres a seis años será castigado el que amenazare gravemente a cualquiera de las personas mencionadas en el apartado anterior (Rey, Reina, Príncipe, Princesa y sus parientes en línea recta), y con la pena de prisión de uno a tres años si la amenaza es leve.

Artículo 490.3 El que injuriare al Rey o Reina a cualquiera de sus parientes en línea recta, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe o Princesa de Asturias, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son.

Artículo 491.2 Se impondrá la pena de multa de seis a veinticuatro meses al que utilizare la imagen del Rey o Reina o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del consorte de la Reina, o del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe o Princesa de Asturias, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona.

Artículo 543: "Las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, se castigarán con la pena de multa de siete a doce meses" de prisión. Multas que, con arreglo a la Ley de Seguridad Ciudadana podrían llegar hasta 30.000 euros.


Bueno, con relacion a todo el revuelo y gente que termino multada o en prision provisional por quemar banderas de España o las fotos del Rey o la Princesa, ¿que opinais del acto de quemar banderas/fotos de monarcas o incluso del presidente/primer ministro del pais?, ¿cual es la normativa en vuestro pais?, ¿esta permitido?, ¿puedes perder la nacionalidad?

¿Creeis que deberia estar enmarcado en la libertad de expresion o que por el contrario es una salvajada carente de todo civismo?


:wink:
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Caleb
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Re: Quemar banderas/Imagenes del Rey/Presidente

Mensaje por Caleb » 07 Jul 2018 04:26

Acá no se estila quemar banderas argentinas, y cuando alguna vez sucede se genera mucho repudio desde la propia sociedad. Recuerdo hace no mucho que un sector minoritario de la comunidad mapuche quemó una durante una manifestación, y hasta los propios mapuches se expresaron en contra de lo que hicieron aquellos mientras en general la gente repudió eso. Para no hacerlo demasiado complejo, es que lo que hicieron estos no tenía sentido; y si tomamos en cuenta que la bandera de los Pueblos Originarios está en muchas escuelas, se lleva en las movilizaciones junto a la argentina, y que los únicos que la putean son ultranacionalistas, pues... los cabeza de tacho se retroalimentan entre sí.
Hace unos años cuando Justin Bieber en un recital usó una bandera argentina para trapear el suelo del escenario, también levantó mucha controversia y creo que no pudo volver en otra gira.

Al respecto el código penal dice:

Código Penal Nacional
Artículo 222.
Será reprimido con reclusión o prisión de uno (1) a seis (6) años, el que revelare secretos políticos, industriales, tecnológicos o militares concernientes a la seguridad, a los medios de defensa o a las relaciones exteriores de la Nación.

En la misma pena incurrirá el que obtuviere la revelación del secreto.

Será reprimido con prisión de uno a cuatro años el que públicamente ultrajare la bandera, el escudo o el himno de la Nación o los emblemas de una provincia argentina.

Si la revelación u obtención fuese cometida por un militar, en el ejercicio de sus funciones el mínimo de la pena se elevará a tres (3) años y el máximo de la pena se elevará a diez (10) años.


La verdad que no tengo recuerdo de que alguien haya ido preso por cosas como las que describí más arriba. En parte porque no suelen suceder, y cuando pasa queda más bien como una expresión repudiada de manera generalizada.

A mí la quema de la bandera no me hace gracia; el que se quiera expresar así lo puede hacer, pero no contará con mi apoyo.

Una cosa que menciona el código penal sobre el ultraje no sé si en sí estaba pensado que alcance inscripciones o modificaciones a la bandera, pero es algo tan común que no creo que esté contemplado. Por ejemplo:
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Y así las hay con Maradona, Pappo, Perón, Evita, Cristina y mucho más. En los recitales también se ve bastante, y en las manifestaciones sociales a veces con inscripciones de consignas políticas.
Eso no me parece mal, lo veo como una expresión popular válida.

Lo que sí me imagino que debe estar penado es agarrar una bandera de un edificio público y escribirla, pero creo que correría más por cuenta del edificio en sí. Las banderas se pueden conseguir por todos lados, ¿por qué les quitarías la suya? xD

Respecto a quemar/destruir imágenes del presidente o políticos, sobre eso no hay problema y se hace en ocasiones. Lo que pasa es que son más frecuentes los fotomontajes o parodias para ridiculizar/criticar.
La quema de imágenes en general no está bien vista porque se asocia con desear la muerte o con episodios repudiables como las elecciones de 1983 (justito después de la dictadura militar) que a un candidato se le ocurrió prender fuego un ataúd con las siglas de la UCR en pleno acto :roll:

A mí me parece que los gobernantes no están exentos de crítica y si uno quiere llevar una foto del presidente con la inscripción que sea o romper fotos/boletas/carteles se debe poder hacer. Tirar huevazos a los carteles, pintura, etc. también se hace, y muchas veces es como se canaliza el descontento.
Por eso me parece algo extremadamente raro lo que leí una vez de Tailandia, que cualquier forma de ultraje a una imagen del rey es motivo de prisión, incluso pisar una puta moneda con su rostro. Pero bueno...
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Re: Quemar banderas/Imagenes del Rey/Presidente

Mensaje por Jmfgarcia » 07 Jul 2018 04:57

En Mèxico solo tenemos la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales y los artìculos 191 y 192 del codigo penal federal, que imponen penas de prisiòn de hasta 4 años a quien ultraje los simbolos patrios, aunque el caso màs sonado que se me viene a la mente solo terminò con una multa de poco màs de tres dolares despues de un juicio que durò varios años :lol:
Codigo Penal Federal escribió:Artículo 191. .- Al que ultraje el escudo de la República o el pabellón nacional, ya sea de palabra o de obra, se le aplicará de seis meses a cuatro años de prisión o multa de cincuenta a tres mil pesos o ambas sanciones, a juicio de juez.

Artículo 192. .- Al que haga uso indebido del escudo, insignia o himno nacionales, se le aplicará de tres días a un año de prisión y multa de veinticinco a mil pesos.
Como referencia el peso mexicano està a 22 euros o 19 dolares.

Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales es un poco larga, asì que solo dejo el link, pero en ella no hay detalle alguno sobre sanciones, las cuales estàn en el Codigo Penal Federal.

Aquì ha llegado a pasar que se quemen banderas en protestas o que algùn artista cometa alguna infracciòn leve de este tipo (Sì, Justin Bieber tambien la cagò con la bandera de Mèxico :lol: ), pero nunca terminan en nada.

Sobre leyes que prohiban insultar a un presidente, por lo menos a nivel federal no existe el delito de difamaciòn en Mèxico, pero me parece que aùn està en el codigo penal de alguno que otro estado, aunque es muy raro se lleve a juicio a alguien por ese delito.

En Mèxico incluso se venden piñatas de polìticos, algunas de las cuales se rompen en manifestaciones y nadie se alarma de ello.

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En mi opiniòn ni una cosa ni la otra deberia considerarse un delito ya que estan enmarcadas en el derecho a la libertad de expresiòn. Que si, que hay formas de expresiòn que pueden considerarse de mejor o peor gusto, pero no veo motivo para prohibirlas.

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Re: Quemar banderas/Imagenes del Rey/Presidente

Mensaje por Idranel » 07 Jul 2018 15:59

Quemar una bandera es un acto político, ya que expresas una idea con ello. Una cosa es quemar una bandera de manera simbólica para expresar una idea, dentro de los parámetros de la libertad de expresión, y otra es hacerlo para fomentar un odio irracional, por ejemplo. En el primer supuesto no debería pasar nada, mientras que en el segundo ya estás cometiendo un delito.

Como siempre, depende del contexto y la intención. La ley como tal es interpretable para poder permitir tanto las expresiones lícitas, como para castigar las que atentan contra los derechos de los demás, de ahí que muchas veces algunas condenas sean consideradas excesivas (por ejemplo, el famoso caso de los pitos al himno en la final de la copa del Rey en España) por instancias superiores, mientras que en otros casos no, debido a la inclusión de otros factores que añaden agravantes al hecho en sí.
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